febrero 8, 2023

Lo que no cuenta, no vale

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¿Cómo vamos con el mecanismo de estadística de crímenes de odio en México?

Ilustración de Carolina Urueta

México presenta una tendencia alarmante de violencia letal contra las personas LGTBI+. De acuerdo con el Monitor de Asesinatos Trans, el país se posiciona como la segunda nación, en términos absolutos, de muertes violentas de personas trans. Sin embargo, no existe un registro estatal, que sea público o veraz, de este fenómeno. Apenas conocemos algunas historias por notas de periódico o el esfuerzo de algunos colectivos, pero la mayoría de las muertes siguen siendo olvidadas.

Los grupos del movimiento LGBTI+ en el país han demandado históricamente un mecanismo de registro de hechos violentos contra personas LGBTI+. Un reclamo frecuente en las movilizaciones en el espacio público ante los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y, de manera reciente, en el marco del proceso de verdad y justicia por los hechos de la llamada Guerra Sucia

Antes de terminar 2022, apareció una propuesta que hacía eco de esas luchas. El 13 de diciembre de 2022, las diputadas federales Rocío Banquells (del partido Movimiento Ciudadano) y Salma Luévano (del partido MORENA) presentaron una reforma de ley para crear el Sistema Único de Información Estadísticas de Actos de Discriminación, Violencia y Crímenes de Odio. Esto se realizó en un evento público en el Palacio de San Lázaro que contó con la participación de integrantes del movimiento LGBTI+ y representantes de los colectivos Espacios Inclusivos, Visibles MX, Marcha Lencha y Colectivo Interuniversitario LGBTTTIQ+. 

La iniciativa, etiquetada como “ciudadana”, propone resolver el vacío de información que existe para entender cuántos, cómo y dónde ocurren los hechos de violencia contra personas LGTBI+. En concreto, se propone reformar la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED) para que el Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) órgano responsable en esa materia, tenga la atribución de integrar y coordinar un mecanismo estadístico que recopile información sobre crímenes de odio y actos de discriminación contra las personas LGBTI+. Además, se busca acuñar la definición de “crimen de odio”, para todo delito que sea motivado por el odio hacia alguna categoría social, entre ellas, la orientación sexual e identidad de género.

A primera vista, la propuesta que presentaron las diputadas resulta atractiva. Siobhan Guerrero, académica e investigadora y Aurelien Guilabert, politólogo y activista, que participaron en el evento de presentación, comentaron que el sistema propuesto hace visible para el Estado un problema sistemático para permitir el diseño de políticas públicas que lo puedan atender. Una afirmación que retoma la narrativa “lo que no cuenta, no vale”. 

No obstante, desde mi experiencia investigando y trabajando con datos de violencia en contra cuerpos subalternos generizados, detecto tres problemas centrales en la iniciativa:

En primer lugar, la reforma emplea una definición equivocada de “crimen de odio”.

La reforma propone definir este concepto como el acto u omisión de naturaleza delictiva de una persona contra otra, motivado por una aversión y prejuicio contra la víctima. Esta idea es limitante porque no desarrolla de dónde vienen esas aversiones o prejuicios, construidos desde relaciones asimétricas de poder y, con ello, el nivel estructural de las agresiones contra un grupo específico. Es decir, el asesinato y otras prácticas crueles que sufren las personas LGBTI+son el resultado, no solo del sentimiento adverso que un agresor en concreto profesa; sino de un arreglo desigual que posiciona a dicha población como cuerpos residuales de los cuales se puede prescindir.

Ahora bien, la LFPED, al no ser una ley penal, podría emplear un concepto más amplio de qué es un crimen de odio que, a su vez, facilite demostrar porqué es un fenómeno que requiere de acciones integrales. De hecho, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos apeló el uso de este concepto en 2015 y propuso usar “violencia por prejuicio” para reconocer que las agresiones y discriminación que experimentan las personas LGBTI+ tiene origen en las dinámicas sociales.

En segundo lugar, la propuesta es cuestionable al elegir al CONAPRED como el órgano responsable del mecanismo estadístico.

No resulta suficiente que el Consejo sea el órgano encargado de prevenir y erradicar la discriminación. Dicha institución ha sido debilitada en la actual presidencia de López Obrador,  estuvo funcionando durante dos años sin titular en un contexto de olvido e incertidumbre. A esto se le suma que ha sido una de los múltiples órganos desfinanciados en los últimos 3 años. En 2021, el CONAPRED experimentó un recorte presupuestal del 15%. En los años siguientes, el Consejo apenas recibió 150 millones de pesos mexicanos, que representan un aumento de solo 0.007%. Incluso, este presupuesto es considerablemente menor al considerar que solo representa un 0.00031% de todos los recursos asignados por la federación a las acciones dirigidas a poblaciones vulnerables en 2023

Aún suponiendo que la situación financiera mejore en los siguientes años y que la presencia de Claudia Olivia Morales Reza una mujer wixárika en su presidencia, desde julio de 2022, desencadene cambios radicales en la institución, el CONAPRED mantiene graves problemas para ser responsable de un sistema de información. Por mencionar algunos: el Consejo atiende y resuelve quejas presentadas por discriminación, pero sus medidas resultan mayoritariamente simbólicas. A lo anterior se le debe agregar que presentar una queja es complicado porque debe hacerse en sus oficinas (que solo se encuentra en la Ciudad de México), por teléfono (solo disponible entre semana durante 7 horas) o formulario electrónico (que, según la experiencia de acompañantes, es inoperante). Pero el principal obstáculo es que el CONAPRED no cuenta con capacidades técnicas, menos experiencia, en materia de estadística, indicadores o temas afines. 

No resulta claro por qué la iniciativa no optó por otra institución que tuviera mayor capacidad o experiencia en la generación de datos. Por ejemplo, el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública que es responsable de la generación de bases de datos relativas a la prevención, investigación y persecución del delito. O, en caso de elegir una institución que no forme parte del sistema de justicia penal, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, que tienen mayor experiencia y atribuciones para coordinar esa monumental tarea.

En tercer lugar, la reforma es autorreferencial, porque no rescata ni analiza la experiencia de buenas prácticas de naturaleza o función similares. 

Aunque en el texto y en la presentación se enunciaron los mecanismos de Letra Ese y Fundación Arcoíris, no se ahonda en la experiencia o aprendizajes de ambas organizaciones en sus acciones de más de 30 años de visibilizar la violencia contra personas LGBTI+. Tampoco retoma la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que establece el Banco Nacional de Datos contra la Violencia de Género, experiencia que se podría retomar para atender obstáculos de transparencia y coordinación entre distintos niveles de gobierno. Mucho menos se mencionan las experiencias de Argentina, El Salvador o Guatemala, donde sus instituciones de seguridad pública y justicia han iniciado procesos de recopilación de datos, o los avances que han existido de los registros de categorías de diversidad sexual y de género dentro de los gobiernos estatales en México.

Hacer ejercicios comparativos es una actividad esencial en la práctica legislativa. Permite fundamentar la viabilidad y pertinencia de una acción propuesta y aprovechar la curva de aprendizaje de otras instituciones o comunidades en situaciones similares. Todas estas virtudes se pierden en la reforma de Banquells y Luévano al no rescatar buenas prácticas ni solventar potenciales obstáculos que han existido en América Latina.

En resumen, la propuesta de reforma es deficiente.

Si bien necesitamos una legislación que defienda y proteja los derechos de las personas LGBTI+, esto no se solucionará haciendo cualquier tipo de propuesta. Así, la existencia de iniciativas sin estructura clara, técnica jurídica ni coherencia con las demandas y aprendizajes de la sociedad civil organizada solo seguirán generando falsas ilusiones. Oportunidades perdidas que difícilmente resistirán un análisis escrupuloso durante los dictámenes y discusiones parlamentarias.

Entonces, ¿cómo vamos con el mecanismo de estadística gubernamental de crímenes de odio? Bastante mal.

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Autor

  • Geras Contreras

    Geras (el/ella/elle) es investigador independiente. Ha colaborado en diversas organizaciones de derechos humanos de América Latina en áreas de investigación y fortalecimiento institucional, como GIRE, Equis Justicia para las Mujeres, Dejusticia, entre otras. Estudió políticas públicas, pero se ha especializado en feminismos con su trabajo de acompañamiento y documentación del movimiento social. Su línea de investigación se centra entre los cruces del género, violencia y Estado, aportando en temas de acceso a la justicia y medidas antidiscriminación.

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