Actualmente, América Latina es una región desigual en la garantía y acceso al derecho al aborto por las diferencias de regulación en los países. En algunos casos solo está legalizado bajo ciertas causales, en otros se acepta la interrupción voluntaria del embarazo con un límite de semanas de gestación y finalmente, están aquellos que prohíben y penalizan completamente esta práctica. La región de Centroamérica y el Caribe tiene cuatro de los diez países del mundo con las penas más severas por abortar.
En los últimos años, se han alcanzado logros importantes en algunos países que han ajustado sus normativas a las demandas sociales por el respeto de los derechos sexuales y reproductivos y las libertades de las mujeres, hombres trans y personas no binarias asignadas femenino al nacer. Sin embargo, hasta el momento, no existe ningún país en la región que permita el acceso al aborto de forma totalmente libre, sin limitaciones.
Aunque los avances son significativos, algunos cambios en los contextos políticos de Latinoamérica y el Caribe, por la amenaza de un nuevo ascenso de la derecha y la radicalización de los movimientos religiosos más conservadores, ponen en jaque el derecho al aborto y hacen que sea más difícil su legalización y el reconocimiento del derecho a decidir.
A continuación, compartimos el panorama actual en América Latina y las amenazas latentes al derecho a abortar.
Despenalización con causales
Bolivia
La sentencia 206 del 2014 estableció que se podía acceder al aborto bajo cuatro causales: violación, incesto, estupro (cuando la persona es menor de edad) o cuando la vida de la persona embarazada está en riesgo. Hacerlo fuera de alguna de estas causas implica una pena de entre 2 a 6 años de prisión.
De acuerdo con el informe El Estado de la Población Mundial 2022, publicado por el Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA), casi la mitad de todos los embarazos en el mundo son no deseados. En Bolivia es aún más crítico, pues representan el 50,5%.
Brasil
Desde hace siete décadas, Brasil se convirtió en el primer país de la región en legislar sobre el aborto y estableció, en el decreto ley 2.848 de 1940, que es legal interrumpir el embarazo bajo dos causales: violación o riesgo para la persona embarazada. Después, en 2012, el Supremo Tribunal Federal decidió agregar la causal en la que el feto carezca de cerebro. Hasta el momento, fuera de estos requisitos, el aborto voluntario es considerado un delito que implica una pena de hasta cuatro años de cárcel.
En enero de este año, el presidente Luiz Inácio Lula da Silva revocó la normativa que dispuso el expresidente de ultraderecha Jair Bolsonaro, en septiembre de 2020, que obligaba a médicos y hospitales a notificar a la Policía cuando una víctima de violación iba a practicarse un aborto. En la práctica, esto representaba más burocracia y trabas para el acceso al derecho.
Recientemente, una esperanza se ha abierto en esta nación: Brasil podría ser el siguiente país en América Latina en despenalizar el aborto de forma parcial, hasta la semana 12, pues desde el 22 de septiembre se discute esta decisión en el Tribunal Supremo. La magistrada Rosa Weber, antes de su jubilación, fue la primera en votar a favor de la interrupción voluntaria del embarazo y hasta el 29 de septiembre hay plazo para una determinación final.
La decisión sería un precedente clave en Brasil, un país con una percepción dividida sobre el tema. Según una encuesta de la consultora DATAFOLHA en 2023, el 45 % de lxs brasilerxs está a favor del aborto y el 52% en contra.
Costa Rica
El Código Penal de Costa Rica reconoce desde 1971 el derecho al aborto únicamente cuando está en riesgo la salud o la vida de la mujer. Sin embargo, se convirtió en una práctica de difícil acceso, pues no había claridad jurídica sobre las condiciones que aplicaban para que médicxs lo practicaran. El caso de Ana y Aurora, que llegó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, marcó un precedente sobre estas barreras de acceso, pues entre 2008 y 2013 fueron obligadas a dar a luz aunque se sabía que tenían embarazos incompatibles con la vida extrauterina. La CIDH falló a favor de las mujeres y determinó que el Estado había violado su derecho al aborto terapéutico.
Por ello, en diciembre de 2019 el expresidente Carlos Alvarado Quesada aprobó la norma técnica que regula la implementación del aborto terapéutico. Sin embargo, el actual gobierno del presidente Rodrigo Chaves Robles ha hablado de presentar un decreto para derogar esta normativa. En el borrador de esta norma se plantea que casos como el de Ana y Aurora no aplicarían para la interrupción voluntaria del embarazo.
Larissa Arroyo, activista y directora de la asociación ACCEDER, dice:“Hemos avanzado tanto que al mismo tiempo estamos en peligro de perderlo todo porque en Costa Rica tenemos atentados contra la democracia y el Estado de Derecho. Justamente la oportunidad que tuvimos de tener una norma técnica sobre el aborto terapéutico fue por una democracia fuerte. Necesitamos un Estado de Derecho fuerte que permita tener acceso a los derechos sexuales y reproductivos que siempre han sido controvertidos”.
Chile
El 17 de septiembre de 2017 se promulgó la ley 21.030 que regula la despenalización del aborto en Chile bajo tres causales: en caso de peligro para la vida de la persona gestante, inviabilidad fetal de carácter letal y embarazo por violación. Entre enero de 2018 y el 8 de septiembre de este año, 4.272 mujeres pudieron acogerse a la ley y 3.609 decidieron interrumpir su embarazo, de acuerdo con el Ministerio de Salud.
El 16 de septiembre de 2023 iniciaron las votaciones del Consejo Constitucional para que se apruebe una nueva Constitución, que pondría en riesgo el acceso a este derecho, pues el 20 de septiembre se aprobó cambiar —con 33 votos a favor (toda la oposición chilena) y 17 en contra— la palabra “quien” por “que” en la ley, de modo que quede: “proteger la vida de quien está por nacer”. Es decir, reconocer el feto como una persona.
La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, dijo que este cambio pone en riesgo el acceso al aborto y a la pastilla del día después, que ha sido clave en la reducción del embarazo adolescente. Esta y todas las normas aprobadas por el Consejo Constitucional deberán ser revisadas por otros dos órganos legales antes del 7 de noviembre para que el texto final sea votado por la ciudadanía en un plebiscito el 17 de diciembre.
Ecuador
El 29 de abril de 2021, la Corte Constitucional, mediante la sentencia 34-19, despenalizó el aborto hasta la semana 12 de gestación bajo la causal violación y hasta la 18 en casos de niñas, adolescentes, y mujeres indígenas o del área rural o en caso de que esté en peligro la salud de la persona embarazada. Un mes después, el presidente Guillermo Lasso, cercano al Opus Dei, anunció un veto presidencial que modificaba 61 de los 63 artículos de la normativa.
El caso fue remitido a la Corte Constitucional que se abstuvo de revisar la decisión y lo devolvió al Congreso, donde 73 asambleístas votaron a favor de tener en cuenta el texto del Presidente, que eliminaba la posibilidad de hombres trans y personas no binarias de acceder a este derecho, reducía las semanas de acceso a 12 en cualquier caso e imponía requisitos burocráticos que imposibilitaban esta práctica de forma legal, como una autorización de los padres en caso de que menores de edad quisieran abortar.
En 2022 la Corte Constitucional suspendió la vigencia del veto. Durante los meses que estuvo vigente la ley de Lasso, la mayoría de mujeres que buscaron un aborto no lo consiguieron. En gran parte de estos casos los servicios médicos objetaron conciencia y se negaron a practicarlo.
Guatemala
En 1973, con el artículo 137 del Código Penal, Guatemala despenalizó el aborto bajo una causal: el riesgo de la vida de la persona embarazada. Fuera de este escenario, la mujer será castigada con una pena de entre 1 a 3 años de prisión, dependiendo de las circunstancias en las que se practique la interrupción del embarazo.
En marzo de 2022 el país retrocedió en las garantías de los derechos sexuales y reproductivos, pues el Congreso aprobó la Ley para la Protección de la Vida y la Familia que cambió las penas por aborto de 5 a 25 años de cárcel. Además, prohíbe la educación relativa a la diversidad sexual en escuelas públicas y privadas y dice que la comunidad LGBT+ es “incongruente con la moral cristiana”. Finalmente, el Congreso archivó la ley tras la recomendación del presidente Alejandro Giammatei.
Con el gobierno entrante, bajo el liderazgo de Bernardo Arévalo, tampoco son claras las garantías frente a este derecho pues el presidente electo no se ha pronunciado de forma directa sobre el aborto ni contempla medidas en su plan de gobierno.
Hescarleth Membreño, activista, aseguró: “Urge que el Estado de Guatemala se piense otras opciones para que ninguna niña o persona sometida a violencia sexual tenga que pagar como castigo un embarazo no deseado. En Centroamérica todavía cuesta entender lo que es el derecho a decidir y a que las mujeres se nos respete nuestro derecho reproductivo a tener o no tener hijos”.
Perú
Desde 1924 el artículo 119 del Código Penal peruano establece que el aborto está prohibido a excepción de cuando está en riesgo la vida de la persona embarazada e implica una pena de hasta dos años de cárcel. Y en 2014 se creó una guía técnica que regula el aborto terapéutico hasta la semana 22 de gestación.
Sin embargo, el caso de Mila puso en duda la eficiencia de esta regulación. El 3 de agosto de 2023, la junta de médicos del Hospital Regional de Loreto le negó el aborto terapéutico a Mila, una niña de 11 años que quedó en embarazo, producto de la violación por parte de su padrastro, de 41 años, pese a que en junio el Comité de Derechos del Niño de la ONU emitió una sentencia que determinó que el Estado peruano violó los derechos de una niña indígena de 13 años, víctima de violación e incesto a la que no se le dio acceso al aborto legal y seguro.
El 12 de agosto la decisión del caso de Mila fue revertida por el Instituto Nacional Materno Perinatal de Perú que aprobó la interrupción del embarazo gracias a un comité de especialistas que evaluó el caso. Desde ese momento, organizaciones locales trabajan para garantizar este derecho.
Panamá
El artículo 144 del Código Penal de Panamá, emitido en 1982, establece que solo se podrá acceder al aborto de forma legal cuando esté en riesgo la vida de la persona embarazada o si es resultado de una violación dentro de los dos primeros meses de gestación. Practicarlo fuera de estas causales implica entre uno a tres años de prisión para la persona embarazada y para quien lo practique entre tres a seis años.
Paraguay
En 1997 se emitió la ley 1.160 que establece, en del artículo 352 del Código Penal de Paraguay, que el aborto es legal solo cuando está en peligro la vida o la salud de la madre. Hacerlo fuera de esta causal conlleva penas de hasta dos años, pero no de prisión. Al ser una de las legislaciones más restrictivas, tienen altos índices de clandestinidad. De acuerdo con el Ministerio de Salud, cada año se practican entre 20 mil a 30 mil abortos inseguros. No obstante, gran parte de la sociedad rechaza la legalización o despenalización.
De acuerdo con una activista feminista paraguaya que prefirió reservar su identidad ante la persecución hacia quienes defienden el aborto, aseguró: “El tema del aborto legal en Paraguay es algo muy lejano, muy complicado, porque es una sociedad conservadora y machista que está gobernada por el mismo partido conservador y machista hace más de 70 años”.
Además, indicó que las mujeres se han tenido que organizar y ayudarse entre ellas para que puedan acceder y decidir sobre sus cuerpos, así sea de forma ilegal. “Nos exponemos a ir presas o estar detenidas por ayudar a que accedan las chicas que así lo deciden. Es realmente triste, pero por suerte hay una red y siempre se trata de ayudar a la que lo necesita. No hay un debate en la sociedad todavía sobre eso, porque todavía se ve como un asesinato. Paraguay es un país que está muy atrasado, tenemos un sistema educativo muy pobre, tenemos representantes políticos con un pensamiento totalmente retrógrado y la sociedad no está a la altura todavía para dar un debate como ese”, puntualizó la activista.
Uruguay
La Ley IVE, como se conoce en Uruguay, emitida en 2012, establece la despenalización del aborto durante las primeras 12 semanas de gestación y las 14 semanas en caso de violación. Los plazos desaparecen cuando existe malformación del feto o la vida de la madre corre peligro. Sin embargo, organizaciones que defienden los derechos de la mujer han pedido una reforma de la ley, pues tiene varias barreras. Por ejemplo, para interrumpir el embarazo se debe manifestar la voluntad ante una instancia médica, comparecer ante un tribunal integrado por un ginecólogo, un experto en salud mental y un asistente social, y a los cinco días ratificar la decisión después de “reflexionar”.
Venezuela
En el 2000 Venezuela modificó su Código Penal para aprobar el acceso al aborto solo cuando la vida de la persona embarazada corre peligro, de lo contrario incurriría en una pena de cárcel de entre 6 meses a dos años.
Aunque en 2018 la organización feminista Faldas R interpuso un recurso ante el Tribunal Supremo de Justicia solicitando la nulidad de los artículos que prohíben el aborto en el Código Penal, casi cinco años después, el alto tribunal no ha respondido.
El modelo mixto: causales e interrupción voluntaria con plazos
Argentina
En enero de 2020, el Congreso argentino sancionó la ley 27.610 que cambió el sistema de causales establecido en el Código Penal desde 1921, el cual permitía la interrupción voluntaria del embarazo solamente en caso de violación o si la salud de la mujer se encontraba en riesgo. La 27.610 amplió el derecho y además de estas causales, determinó que se puede practicar un aborto de forma voluntaria hasta la semana 14. Aunque dio cabida a que los y las profesionales de la salud puedan ejercer la objeción de conciencia, cualquier centro de salud deberá proveer el servicio en un plazo máximo de 10 días después de que la persona haga el requerimiento.
Aunque la decisión sentó un precedente importante en Argentina, se ha visto amenazada por la posible llegada al poder de candidatos presidenciales con discursos antiaborto como Javier Milei, que el pasado 13 de agosto fue el aspirante más votado en las elecciones primarias y se ha declarado abiertamente, en contra de este derecho. Incluso, aseveró que realizaría un plebiscito para eliminar la ley actual. “No es un derecho ganado”, dijo el candidato de la coalición conservadora La Libertad Avanza.
La activista y periodista feminista Luciana Peker, afirma: “Es un derecho importante, es un derecho consolidado. No es un derecho que hoy se incumple, los abortos se realizan (…) La reacción machista que tiene en otras aristas en Argentina es una reacción, no por nuestro fracaso sino por nuestra victoria”. Además, califica la posible victoria de Milei como un escenario “aterrador”, pues si como Presidente no llegara a derogar la ley que regula el aborto, sí podría quitar el presupuesto para proveer este servicio en las entidades públicas.
México
En las últimas semanas México ha sentado un precedente con la despenalización federal del aborto. Después de que la SCJN declarara inconstitucional el delito de aborto del Código Penal de Coahuila, en septiembre de 2021, la organización GIRE junto a Morras help morras, TERFU, Cultivando género, Cecadec y otras ONG presentaron diferentes amparos para que cada estado eliminara el delito de aborto de su código penal.
Gracias a estos amparos, el 30 de agosto Aguascalientes se convirtió en el estado número 12 en México en despenalizar el aborto y el primero en hacerlo mediante este recurso. Y este 6 de septiembre la Corte analizó otro amparo de GIRE contra el Congreso y el Ejecutivo Federal por permitir medidas que criminalizan el aborto en los códigos penales y determinó que el delito de aborto debe eliminarse del Código Penal Federal.
Esto implica que ninguna mujer, hombre trans o persona no binaria ni personal de salud podrá ser castigada por abortar o practicar un aborto. Desde ahora, el IMSS, el ISSTE y el Pemex, y cualquier institución de salud federal, deberán prestar el servicio de aborto en todo el país, sin importar si es legal o no en la normativa local de cada estado. Por eso no es una despenalización total, pero sí deja de ser un delito para las entidades federales. “Los retos ahora son importantes y tenemos que trabajar mucho para la implementación”, aseguró Rebeca Ramos, directora de GIRE.
Colombia
El 21 de febrero de 2022, la sentencia C-055, Colombia se convirtió en el país de América Latina con una de las leyes pro aborto más progresistas. La Corte Constitucional despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación gracias a una demanda del movimiento Causa Justa. Además, después de ese periodo, se mantiene la sentencia C-355 de 2006 que establece la legalidad del aborto bajo tres causales: cuando exista peligro de la vida de la madre, grave malformación del feto que haga inviable su vida o que el embarazo sea resultado de violación, incesto o inseminación artificial no consentida.
A más de un año de este precedente, han sido varios los proyectos para anular la sentencia o revertir sus efectos. Entre los más recientes están los actos legislativos 02-23 y 06-23 que discutió el Congreso el pasado 20 de septiembre y buscan modificar el artículo 11 de la Constitución penalizando el aborto y la eutanasia.
Este año dos fallos de tutela (T-158 de 2023 y T-430 de 2022) que llegaron a la Corte Constitucional alertaron sobre las barreras y negaciones al acceso al aborto que siguen experimentando mujeres y niñas indígenas, a quienes sus entidades de salud les exigen permiso de los mayores de sus resguardos para proceder con el aborto. Lamentablemente la corte ha dejado estos vacíos que dan lugar a confusión, desinformación y, lo más preocupante, contradiciendo su propia jurisprudencia han desconocido el derecho al aborto.
Además, desde 2022, de acuerdo con información de Manifiesta, se ha reportado desabastecimiento de misoprostol, un medicamento fundamental para la interrupción voluntaria del embarazo en el primer trimestre y para tratar hemorragias obstétricas. La situación no ha mejorado y todavía persisten las dificultades para encontrar este medicamento que está dentro de la lista de esenciales de la OMS.
Ana Cristina González Vélez, activista y pionera del movimiento Causa Justa, asegura: “El más grande desafío que yo veo en nuestro país es transformar todas esas conquistas que ya están alojadas en la cabeza y el corazón de tantas personas que se saben poseedoras de esos derechos, transformarlas para que la sociedad entienda que no hay vuelta atrás, que la ciudadanía plena de las mujeres pasa por la garantía de su libertad reproductiva y del derecho al aborto”.
Cuba
Este fue el primer país en América Latina y el Caribe en despenalizar el aborto. Luego de la Revolución de 1959, Cuba sacó de la clandestinidad esta práctica en 1961 y cuatro años después se empezaron a realizar las interrupciones voluntarias del embarazo en el sistema de salud pública. El derecho se basa en cuatro principios: la persona embarazada decide, debe realizarse en una institución hospitalaria, debe ser practicada por personal experto y de forma totalmente gratuita. Si se incumple algún principio, será considerado un delito. Las cubanas pueden interrumpir su embarazo de forma voluntaria hasta la semana 12 de gestación y después depende del criterio médico.
Sin embargo, aunque el aborto es legal, no está consignado en una ley, sino que hace parte de unas guías metodológicas del Ministerio de Salud Pública y se trata como un asunto de salud. Organizaciones feministas han alertado que es urgente que se convierta en ley para que no sea fácil intervenir en esta práctica y se “blinde” el derecho.
La penalización total del aborto
El Salvador
En 1997, el decreto 1.030, reformó el Código Penal de El Salvador y estableció la prohibición y penalización del aborto sin excepciones con penas de prisión de entre 5 a 12 años y la inhabilitación por el mismo periodo para quien lo practique. Al menos 180 mujeres han sido procesadas o encarceladas en el país en los últimos 20 años por interrumpir su embarazo bajo el delito de ‘homicidio agravado’, de acuerdo con el Centro para la Igualdad de la Mujer. El Salvador reconoce “la vida humana desde la concepción”.
El panorama no es favorable, pues la Asamblea Legislativa ha descartado cualquier modificación del Código Penal en esta materia, así lo dio a conocer el presidente Nayib Bukele en septiembre de 2021. Bukele en octubre de 2018 calificó el aborto como un genocidio durante una conferencia en la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas.
No obstante, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos se presentó un caso que podría cambiar el futuro del aborto en América Latina. Se trata de Beatriz, una joven salvadoreña a quien el Estado le negó un aborto terapéutico en febrero de 2013 cuando tenía 22 años. Aun cuando los médicos establecieron que el embarazo era inviable y su vida estaba en riesgo, pues la joven había sido diagnosticada con lupus eritematoso sistémico antes de su primer embarazo, dos años atrás que llegó a término con varias complicaciones. Después de negarle el procedimiento en su segundo embarazo, aun cuando el feto tenía malformación congénita con anencefalia, Beatriz dio a luz en junio de 2013 y su hija falleció cinco horas después de nacer. En octubre de 2017, la joven murió en un accidente de tránsito. El 23 de marzo fue la primera audiencia pública a la espera de determinar la responsabilidad internacional de El Salvador frente al caso.
Catalina Martínez Coral, activista y directora del Centro de Derechos Reproductivos, explica: “Es el primer paso que la Corte va a decidir estrictamente sobre temas de aborto. Va a ser la primera decisión en donde la Corte va a desarrollar estándares frente a este derecho reproductivo y todo lo que decida la Corte Interamericana no solamente es aceptable contra el Estado de El Salvador, sino que todos los estándares de derechos van a ser aplicables para todos los estados que han reconocido la competencia de la Corte, que son la mayoría de la región”.
Haití
En Haití está totalmente penalizado y prohibido el aborto, según lo indica el artículo 262 del Código Penal de 1835. La criminalización a quien se practique o induzca el aborto implica hasta cadena perpetua.
Sin embargo, un informe de Human Rights Watch, publicado en enero de 2023, indica que las restricciones podrían eliminarse gracias a un Código Penal que será revisado y entrará en vigor en junio de 2024. La normativa legalizaría la interrupción voluntaria del embarazo en todas las circunstancias hasta la semana 12 de gestación y en cualquier momento en casos de violación, incesto o cuando esté en peligro la vida de la persona embarazada.
Honduras
Desde 1982 el aborto está constitucionalmente prohibido bajo cualquier circunstancia, con una pena de entre 3 a 6 años para la persona embarazada o quien lo practique. Al igual que la anticoncepción de emergencia, que estaba prohibida hasta el 8 de marzo de 2023, cuando la presidenta Xiomara Castro firmó un decreto que permite el uso y la venta de este método que puede prevenir el embarazo y hace parte de los medicamentos esenciales según la Organización Mundial de la Salud.
Nicaragua
Desde el 2006 el aborto está totalmente prohibido en Nicaragua, con penas de hasta dos años de cárcel para la persona embarazada y hasta seis años para profesionales médicos que lo practiquen, junto a la inhabilitación para el ejercicio de la medicina de 2 a 10 años. Por 169 años, entre 1837 y 2006, el aborto estuvo parcialmente despenalizado, pues las mujeres podían, en teoría, acceder a un aborto terapéutico. En la práctica, esto solo funcionó hasta 1990, cuando el sistema de salud dejó de practicar este servicio.
La activista María Teresa Blandón señala: “En este momento es muy difícil en Nicaragua pensar en revertir la penalización absoluta del aborto que fue aprobada en 2006 por el régimen dictatorial de Daniel Ortega y Rosario Murillo, que tienen un absoluto desprecio por la libertad y los derechos de las mujeres”.
Además, explicó que avanzar en materia de aborto es complejo, pues la sociedad civil y distintos poderes están concentrados en poder salir del Gobierno actual. También hay otros sectores de la sociedad interesados en impedir que este derecho se reconozca legalmente.
La larga distancia entre la despenalización y el derecho a decidir
Aunque los avances legales han sido importantes en algunos países de la región, en la práctica existen retos y barreras que no permiten que el derecho al aborto se garantice de manera integral. En muchos casos las condiciones no han mejorado a pesar de las decisiones jurídicas.
“El reto siempre de los avances legales es la implementación de las decisiones y los cambios. Finalmente, la implementación es que podamos aterrizar aquello que ganamos a nivel de la corte o a nivel de un congreso a lo largo de un territorio”, explica Catalina Martínez, directora del Centro de Derechos Reproductivos.
Una de las barreras es la escasez de personal médico preparado, sobre todo en las zonas rurales. Es el caso de Brasil, donde algunas mujeres deben trasladarse de ciudad para poder practicarse el aborto en un lugar con disponibilidad o en el que cuenten con información clara sobre el procedimiento.
“Las mujeres que no están accediendo al aborto o están muriendo son aquellas que hacen parte de grupos históricamente discriminados, como las mujeres indígenas, negras y rurales. Eso nos hace un llamado a los derechos personalísimos, a la autonomía y la libertad, pero también nos llama a hacer una reflexión sobre asistencia social. Un Estado debería apostarle a otras transformaciones para poder avanzar en la democracia y la justicia social”, puntualiza Martínez.
La desinformación sobre las leyes y los derechos que reconocen son también una barrera. En Chile, por ejemplo, hay un desconocimiento de parte de los profesionales de la salud sobre los casos en los que es permitido el aborto o cómo opera. En Bolivia solo el 8% de los prestadores de salud conoce en qué casos procede la interrupción voluntaria del embarazo, de acuerdo con un informe de la Defensoría del Pueblo y el Ipas.
“La política pública y la reglamentación no es suficiente, porque luego necesitamos un compromiso por parte del Estado de hacer una debida discusión de esto, hablar con las autoridades de salud en el territorio, un marco legal, campañas de comunicación y demás”, puntualiza Martínez.
A esto se suma el estigma social con el que todavía se trata el aborto, que implica altos niveles de objeción de conciencia. Solo en Chile el 47% de los obstetras del sistema público son objetores y, de acuerdo con la Corporación Miles, hay vacíos en la regulación de este derecho de lxs médicxs.
Entre otros de los problemas de la región está la falta de medicamentos para practicar el aborto. En Argentina hay quienes deben pagar los tratamientos por escasez en los centros de salud públicos y en Colombia se ha denunciado desde el año pasado escasez de misoprostol. .
Finalmente, es un derecho que está en constante amenaza. “Uno de los grandes desafíos es la protección de lo logrado porque siempre van a haber fuerzas de oposición fundamentalistas que van a tratar de que se retroceda en los derechos que se han alcanzado como lo que pasó en Estados Unidos”, asegura Martínez.
En América Latina 5 países penalizan totalmente el aborto, Honduras, Nicaragua, El Salvador y Haití y República Dominicana. La despenalización por una causal aplica en cinco países: Guatemala, Costa Rica, Ecuador, Perú y Paraguay; y por más causales están Brasil, Bolivia, Chile y Panamá. Con un sistema mixto, que permite el acceso a este derecho de forma voluntaria hasta ciertas semanas y a su vez bajo algunas causales, hay cuatro países: México, Colombia, Argentina y Paraguay.
Aunque los avances legislativos son claves, sacar el aborto del escenario de tabú y estigmatización también es importante. Es decir, la despenalización social del aborto, sobre todo en aquellos países donde el marco legal todavía no es favorable. Esto como garantía de reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, hombres trans y personas no binarias.
La garantía de este derecho, según Catalina Martínez Coral, implica para las mujeres “participar de una manera más activa en la sociedad, poder tomar decisiones sobre nuestra propiedad, nuestra ciudadanía o quién queremos que nos dirija. Cuando podemos decidir sobre nuestros cuerpos somos cada vez más autónomas, más iguales y entonces somos miembros de primera categoría en una sociedad y participamos como ciudadanas plenas en la democracia. Eso hace toda una diferencia porque se convierten en democracias cada vez más fuertes, robustas y dignas”.
El llamado a que el aborto sea una realidad es urgente, pues pone sobre la mesa el papel de nuestra autonomía y libertad de decidir en asuntos claves como el cuerpo y proyecto de vida. Aunque se enfrenta a múltiples retos, la marea verde avanza en América Latina y cada vez cobra más fuerza en la lucha social y política por nuestros derechos.