
El pasado 3 de septiembre, las dos víctimas que habían denunciado al cantante Julio Iglesias por trata de personas, agresión y acoso sexual presentaron una querella ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional española, pidiendo a la justicia que investigue nuevamente los hechos denunciados. La querella se presentó luego de que el caso fuera archivado por falta de jurisdicción de los tribunales españoles.
El caso
El 5 de enero de 2026, Rebeca y Laura (los nombres de las denunciantes fueron cambiados para proteger su identidad), acompañadas por la organización Women’s Link, presentaron una denuncia contra el cantante español Julio Iglesias por haber sufrido condiciones laborales abusivas, imposición de trabajo forzado, humillaciones y agresión sexual en 2021 mientras trabajaban para él. En Volcánicas publicamos el caso.
Los hechos denunciados ocurrieron en las residencias de Iglesias, ubicadas en Bahamas y República Dominicana, mientras Rebeca y Laura trabajaban para el cantante como empleadas domésticas. Según los testimonios de las víctimas, el cantante habría aprovechado su posición de poder y su situación de vulnerabilidad para captarlas, trasladarlas y alojarlas en sus propiedades, en un clima de intimidación y acoso constante.
Durante tres años, Ana Requena Aguilar, redactora jefa de Género en elDiario.es, junto con el equipo del diario y Univision Noticias, trabajó en la investigación periodística que destapó el caso y reveló las denuncias. El reportaje se publicó el 13 de enero de 2026. El 15 de enero, el cantante, negó las acusaciones en una publicación en su cuenta de Instagram.
La justicia le falla a las víctimas
El 23 de enero la Fiscalía de la Audiencia Nacional española archivó el caso, al descartar su competencia porque las denunciantes son extranjeras y no residen en España, Julio Iglesias tampoco reside ni se encuentra en territorio español, y los hechos ocurrieron en otro país, que conserva la capacidad y el derecho de investigarlos.
Sin embargo, la organización Women’s Link Worldwide, advierte que, por la nacionalidad española del denunciado, el principio de justicia universal, y las obligaciones de derechos humanos que España debe cumplir, los tribunales españoles sí tienen competencia para actuar en el caso de Rebeca y Laura, de acuerdo con la jurisprudencia española existente.
El pasado 9 de septiembre, Ana Requena Aguilar expuso la desprotección y revictimización que han sufrido Rebeca y Laura por la filtración de sus datos personales e información que permite identificarlas. Días después de que presentaran la querella ante la Audiencia Nacional española pidiendo medidas de protección, el portal OKDiario difundió el vídeo de la declaración que una de ellas había hecho ante la Fiscalía en enero, cuando todavía era testigo protegida. Los datos de la denunciante quedaron expuestos, mientras la investigación sigue archivada.
Fallos del Estado español frente a violencia de género y trata de personas
En 2014, el Comité de la CEDAW (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer) determinó que España había incumplido su deber de diligencia debida para prevenir episodios de violencia de género en el caso de Ángela González Carreño y su hija, Andrea Rascón González.
Ángela sufrió violencia física y psicológica por parte de su esposo, Felipe Rascón. La víctima presentó más de 30 denuncias entre 1999 y 2001, pero, aun así, la justicia española autorizó, en mayo de 2002, un régimen de visitas no vigiladas entre su esposo y su hija Andrea, de 7 años. El 24 de abril de 2003, durante una de esas visitas, Rascón asesinó a la niña y luego se suicidó.
El caso de Ángela y su hija se convirtió en un caso emblemático para poner en evidencia las pocas garantías que ofrece la justicia española en la protección de la mujer, en la defensa de los derechos humanos.
Otra evidencia de este patrón quedó documentada el 10 de octubre de 2024, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España en el caso T.V. La demandante, de nacionalidad nigeriana, había sido sometida a trata de seres humanos con fines de explotación sexual en España desde los 14 años. La justicia española respondió de manera deficiente y terminó archivando el caso. El Tribunal consideró, por unanimidad, que España había violado el artículo 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que prohíbe la esclavitud y el trabajo forzado, al no actuar con la debida diligencia desde las fases iniciales de la investigación.
¿Qué sigue?
Debido a la gravedad de los hechos denunciados, la posición de poder del cantante y la falta de protección del Estado frente a las víctimas, la organización Women’s Link solicitó a los titulares de mandatos de procedimientos especiales de la ONU que hicieran un llamado urgente al Estado español para que cumpla con sus obligaciones de investigar los hechos de forma efectiva e independiente, y para que garantice medidas de protección para las denunciantes.
Ahora, un tribunal especializado deberá revisar la información recibida y decidir si abre una investigación. Rebeca y Laura piden que se respeten sus garantías legales durante ese proceso.
“Todas las personas tienen derecho a que los sistemas de justicia investiguen los hechos cuando existen indicios de presuntas vulneraciones de derechos humanos. El Estado español tiene la obligación de garantizar el acceso a la justicia en igualdad y sin importar quién sea la persona denunciada”, advirtió Jovana Ríos, directora ejecutiva de Women’s Link Worldwide.
Se espera que la justicia española actúe con determinación para investigar los hechos denunciados y proteger la seguridad, la integridad y los derechos de Rebeca y Laura.