June 18, 2026

Arturo Calle estaría coaccionando el voto de sus empleados

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Este jueves 18 de junio, empleados de la empresa Arturo Calle tuvieron un encuentro con su fundador, Arturo Calle en el que este les advirtió sobre “los peligros de la izquierda” y les notificó su voto por Abelardo de la Espriella. Asistieron todos los empleados administrativos de la torre empresarial de la compañía en Bogotá.

La charla se citó como “un encuentro especial que nos permitirá escuchar a don Arturo Calle, nuestro fundador, cuya visión y liderazgo han inspirado el propósito y los valores que hoy nos definen como organización. Será una oportunidad para compartir una conversación de gran valor y seguir construyendo juntos el camino que nos inspira cada día”.

En la charla, el antioqueño de 87 años habló de Cuba, Venezuela, China, Irán y del fantasma del comunismo, insinuando que ahora Venezuela estaba mejor gracias a Estados Unidos. “Ahora ya ha cambiado porque los americanos ya le metieron la mano y se llevaron a este dictador asesino y a su esposa y ya sabemos dónde están; eso es el comunismo y la izquierda”.

Volcánicas tuvo acceso a algunos de estos audios y conversó con una persona que estuvo presente en el encuentro. Nos contó que, al finalizar el evento, Arturo Calle les dijo: “No les digo por quién votar, pero mi voto es por Abelardo”, refiriéndose a De la Espriella, el candidato por quien el empresario ya había hecho público su apoyo desde antes. “Toda gestión humana nos tenía rodeados en el auditorio, se sentía tan intimidante”, agregó. 

En Colombia, presionar por cualquier medio a un ciudadano o ciudadana habilitada para votar, con el fin de obtener apoyo o votación por determinado candidato, puede configurar el delito de constreñimiento al sufragante, tipificado en el artículo 387 del Código Penal (modificado por la Ley 1864 de 2017), y es un tipo de delito contra los mecanismos de participación democrática.

Este hecho se suma a varios más de presunto constreñimiento y otros asociados a la corrupción al sufragante (compra de votos – art. 390). El delito de constreñimiento contempla la prisión de 4 a 9 años y multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Y quien celebre contrato, prometa, pague o entregue dinero o beneficio a un ciudadano para que vote por determinado candidato incurre en prisión de 4 a 8 años y multa de 200 a 1.000 SMLMV, y en igual pena incurre el sufragante que acepte.

Si usted considera haber sido víctima o tener conocimiento de alguna irregularidad electoral, denuncie a la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral URIEL, la instancia de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales que se encarga de la recepción y seguimiento al trámite de las denuncias y quejas por delitos e irregularidades que afecten el normal desarrollo de los procesos electorales.

Línea gratuita nacional: 01 8000 91 2005 / Celular: #623 / Correos Electrónico: denunciasuriel@mininterior.gov.co y uriel.mininterior.gov.co.

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